NUEVAS INSTRUCCIONES CERTIFICADO NEGATIVO REGISTRO DELINCUENTES SEXUALES.
Se han recibido nuevas instrucciones acerca de la presentación por parte del personal que presta servicios en contacto habitual con menores de la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales. En las mismas se hace constar que hay que rellenar un nuevo modelo de "Declaración responsable y autorización de acceso al Registro" por parte de todos las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores:
A) Todo el personal funcionarial interino y contratado laboral temporal, deberán aportar, junto con el resto de la documentación preceptiva para la toma de posesión, la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Hasta la entrada en funcionamiento del citado Registro, la Certificación exigida será la emitida por el Registro Central de Penados.
Las certificaciones de antecedentes penales. tendrán la validez que se determine en las mismas, a contar desde la fecha de su eficacia y, de no constar ninguna, tendrá una vigencia de tres meses, debiendo aportarse un nuevo certificado, si el anterior está caducado, con motivo de cada posible nombramiento. Si en el momento del nombramiento o contratación, el personal seleccionado no dispusiera de la citada certificación, deberá aportar una declaración responsable (se adjunta modelo rellenable) junto con una copia de la solicitud de la certificación negativa al Registro Central de Delincuentes Sexuales.
B) Todo el personal funcionario de carrera o contratado laboral fijo que ya se encuentre prestando servicios en los puestos de trabajO a los que se refiere el apartado anterior, deberá de autorizar a la Administración de la Generalitat para que pueda acceder a su información penal a través de la Plataforma de Intermediación de Datos gestionada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, debiendo cumplimentar a tal efecto la autorización y declaración responsable (que se adjunta en formulario rellenable) y entregarla alresponsable de personal del centro en el que presta sus servicios. En ausencia de la citada autorización, la certificación negativa se expedirá a instancia del propio interesado en los plazos previstos en el artículo 9.3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
El plazo para presentar, bien la autorización, bien la certificación negativa, finaliza el día 31 de marzo de 2016, inclusive. El incumplimiento de la obligación de presentar la documentación requerida, podrá dar lugar a las responsabilidades correspondientes de conformidad con la normativa vigente.Por lo tanto deberá entregarse en secretaría antes del 23 de marzo de 2016.