Formación Profesional Básica
CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA
Las enseñanzas de Formación Profesional Básica forman parte de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo y deben responder a un perfil profesional.
El perfil profesional incluirá al menos unidades de competencia de una cualificación profesional completa de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
ACCESO:
Podrán acceder a estas enseñanzas los alumnos y las alumnas que cumplan simultáneamente los siguientes requisitos:
- a) Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
- b) Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
- c) Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
Los solicitantes a los que se refiere el apartado anterior deberán aportar el consejo orientador mediante certificado que acredite haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica. Dicho consejo orientador será expedido por el director o directora y el tutor o tutora del alumno o alumna, y se incluirá en el expediente del alumno o alumna junto con el documento de consentimiento de los padres, madres o tutores legales, para que curse estas enseñanzas.
Podrán acceder asimismo a los ciclos de Formación Profesional Básica las personas que superen los 17 años y que no estén en posesión de un título de Formación Profesional o de cualquier otro título que acredite la finalización de estudios secundarios completos, siempre y cuando exista disponibilidad de plazas.
El Título que se imparte en nuestro centro es el TÍTULO PROFESIONAL BÁSICO EN: SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, siendo su currículo el siguiente:
Horas | Primer Curso 32 | Segundo Curso | ||
MÓDULOS PROFESIONALES | sem. | |||
(30 h/s) | 26 sem. (30 h/s.) | 6 sem. (40 h/s) | ||
1º Curso | ||||
3001. Tratamiento informático de datos | 210 | 7 | - | - |
3003. Técnicas administrativas básicas | 220 | 7 | - | - |
3005. Atención al cliente | 75 | 2 | - | - |
3006. Preparación de pedidos y venta de productos | 75 | 2 | - | - |
3009. Ciencias aplicadas I. | 158 | 5 | - | - |
3011. Comunicación y sociedad I. | 158 | 5 | - | - |
TutorÃa | 34 | 1 | - | - |
CV0005 Formación y Orientación Laboral I | 30 | 1 | ||
2º Curso | ||||
3002. Aplicaciones básicas de ofimática | 175 | - | 7 | - |
3004. Archivo y comunicación | 245 | - | 9 | - |
3010. Ciencias aplicadas II. | 158 | - | 6 | - |
3012. Comunicación y sociedad II. | 158 | - | 6 | - |
TutorÃa | 34 | - | 1 | - |
CV0006 Formación y Orientación Laboral II | 30 | - | 1 | - |
3008. Formación en centros de trabajo. | 240 | - | - | 240 |
Total en el ciclo formativo | 2000 |
Este título profesional básico permitirá el acceso a todos los ciclos formativos de grado medio.
OCUPACIONES QUE PUEDE REALIZAR
Auxiliar de oficina. Auxiliar de servicios generales. Auxiliar de archivo. Ordenanza. Auxiliar de información. Telefonista en servicios centrales de información. Clasificador y/o repartidor de correspondencia. Grabador-verificador de datos. Auxiliar de digitalización. Operador documental. Auxiliar de venta. Auxiliar de dependiente de comercio. Operador/a de cobro o Cajero/a.
CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO A LOS QUE ESTE TÍTULO PERMITE LA APLICACIÓN DE CRITERIOS DE PREFERENCIA PARA LA ADMISIÓN EN CASO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
Este título tendrá preferencia para la admisión a todos los títulos de grado medio de las familias profesionales de:
Administración y Gestión. Comercio y Marketing. Textil, confección y piel. Vidrio y Cerámica. Artes Gráficas.